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Hacienda ha lanzado una advertencia a todos los propietarios que hayan obtenido ingresospor alquiler de viviendas, locales o garajes durante 2024. Deben declararesos beneficios en la actual campaña de la Renta, que finaliza el 30 de junio. Esta obligación fiscal afecta a caserosen toda España.

Según detalla la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), el dinero recibido por el arrendamiento se considera un rendimiento del capital inmobiliario, salvo en casos donde se gestione como actividad empresarial. No incluir esta información en la declaración de la Renta puede acarrear multas de hasta el 150% del importe no declarado.

Propietarios obligados a declarar el alquiler ante Hacienda

Tal y como señala la Agencia Tributaria en su sitio web oficial, todos los propietarios que hayan percibido ingresos por el alquiler de inmuebles están obligados a incluirlos en su declaración del IRPF. Esta obligación se aplica sin excepción tanto a viviendas como a plazas de garaje y locales comerciales, independientemente del importe o duración del contrato.

Hacienda considera estos ingresos como rendimientos del capital inmobiliario salvo si son parte de una actividad empresarial. (Foto: archivo)
Hacienda considera estos ingresos como rendimientos del capital inmobiliario salvo si son parte de una actividad empresarial. (Foto: archivo)

Por norma general, estos ingresos deben declararse como rendimientos del capital inmobiliario. Sin embargo, cuando el arrendamiento se realiza como una actividad empresarial, es decir, si el casero cuenta con al menos un trabajador contratado a jornada completa, los beneficios se deben clasificar como rendimientos de actividades económicas.

Además, los caseros podrán beneficiarse de ciertas deducciones fiscales, como gastos de reparación o intereses del préstamo hipotecario, siempre que estén debidamente justificados. Hacienda recuerda que estos beneficios no eximen de declarar, pero sí pueden ayudar a reducir el impacto fiscal de la actividad arrendataria.

Multas de Hacienda por no declarar ingresos del alquiler

No declarar correctamente los ingresos del alquiler puede salir caro. Según establece la Ley General Tributaria, Hacienda puede imponer sanciones de entre el 50% y el 150% de la cantidad defraudada. Las multas dependerán de la gravedad de la infracción:

  • Leves: hasta el 50%, si lo no declarado es inferior a 3.000 euros.
  • Graves: entre el 50% y el 100%, si supera los 3.000 euros.
  • Muy graves: hasta el 150%, si se detecta ocultación o reincidencia.
Las multas por no declarar el alquiler pueden alcanzar hasta el 150% del importe no declarado según la Ley General Tributaria (Foto: archivo)
Las multas por no declarar el alquiler pueden alcanzar hasta el 150% del importe no declarado según la Ley General Tributaria (Foto: archivo)

La AEAT ha recordado que, además del importe a pagar, estas sanciones pueden conllevar intereses de demora y otras penalizaciones si se retrasa la regularización voluntaria. Por ello, recomienda a todos los propietarios en España revisar su situación fiscal antes del 30 de junio para evitar consecuencias mayores.