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La declaración de la renta 2023 dio inicio este mes y aunque muchos españoles ya han rendido cuentas, desde el lunes 29 de abril los contribuyentes podrán solicitar cita previa para presentar la declaración de la renta por teléfono dentro del plan "Le Llamamos".

Este asesoramiento de la Agencia Tributaria estará disponible hasta el próximo 28 de junio y es el principal sistema con asistencia personalizada, representando casi el 58% de las presentaciones realizadas con asistencia.

El teléfono 810520052 o el 917276222 si proporcionaste un número extranjero. Fuente: Archivo
El teléfono 810520052 o el 917276222 si proporcionaste un número extranjero. Fuente: Archivo

¿Quiénes deben pedir cita previa para realizar la renta por teléfono?

  • Quienes hayan obtenido rendimientos del trabajo, con el límite de 65.000 euros anuales.
  • Rendimientos del capital mobiliario, con el límite de 15.000 euros anuales.
  • Rendimientos del capital inmobiliario con el límite de 2 bienes inmuebles alquilados o 2 contratos de alquiler.
  • Rendimientos de actividades empresariales en módulos (con sus subvenciones).
  • Ganancias patrimoniales sujetas a retención o ingreso a cuenta.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales por transmisión.
  • Renta básica de emancipación, subvenciones y resto de ganancias y pérdidas patrimoniales.
  • Imputación de rentas inmobiliarias.

¿Cómo solicitar la cita para hacer la declaración de la renta por teléfono?

  • Desde la página web, disponible con un clic aquí, con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia.
  • Desde la aplicación de la Agencia Tributaria.
  • A través del teléfono automático +349-1535-7326 o +349-0112-1224, o con atención personal al +349-1553-0071 o +349-0122-3344 (de lunes a viernes de 9:00 a 19:00 horas).

¿Qué documentación se necesita para presentar la declaración de la renta por teléfono?

  • DNI original del titular y fotocopia del DNI de todos los que figuren en la declaración de la renta.
  • Número IBAN de cuenta bancaria.
  • Las referencias catastrales de todos los inmuebles de tu propiedad (recibo del IBI).

También se deben aportar los justificantes si:

  • Se vive en un inmueble alquilado: se debe presentar el NIF del arrendador y las cantidades pagadas por el alquiler.
  • Si ha habido adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo.
  • Con hipoteca.
  • Por donativos.
Para atención personal comunicarse al 915530071 o 901223344. Fuente: Archivo
Para atención personal comunicarse al 915530071 o 901223344. Fuente: Archivo