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La planificación de una herencia no solo implica decisiones patrimoniales, sino también fiscales. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya gestión está cedida a las comunidades autónomas, genera diferencias sustanciales según el lugar de residencia del fallecido y los herederos.

Sin embargo, más allá de las bonificaciones autonómicas, existe una vía legal que podría permitir a los herederos evitar pagar el impuesto de sucesiones: incluir una cláusula concreta en el testamento que habilite la renuncia de un heredero en favor de otro.

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Qué cláusula permite evitar el Impuesto de Sucesiones

El mecanismo se conoce como "renuncia traslativa" y consiste en que un heredero cedente transmite su parte de la herencia a otro beneficiario directamente desde el testamento. Si esta disposición está prevista desde el origen, se evita que la renuncia sea considerada una donación y, por tanto, gravada doblemente.

El Tribunal Supremo ha avalado este tipo de disposiciones testamentarias, siempre que cumplan con los requisitos legales y se formalicen adecuadamente. Esta interpretación ha sido clave para distinguir entre una renuncia con efectos fiscales neutros y una donación sujeta a tributación.

Este tipo de cláusulas permite que, por ejemplo, un hijo herede el total de un bien inmueble sin que su hermano deba tributar por renunciar a su parte, algo que en otros casos podría considerarse una transmisión sujeta al impuesto.

Dónde es más ventajosa esta cláusula: comunidades con más carga fiscal

El Impuesto sobre Sucesiones está regulado por la Ley 29/1987, pero son las comunidades autónomas las que aplican las bonificaciones o reducciones. En regiones como Madrid, Andalucía o Galicia existen bonificaciones del 99% para herencias entre padres e hijos. En otras, como Asturias o Castilla y León, el gravamen puede ser considerable.

Por ello, incluir una cláusula de renuncia planificada puede ser especialmente útil en comunidades con fiscalidad menos favorable. Esta estrategia debe contemplarse con anticipación, y de ser posible, con asesoramiento notarial o fiscal especializado.

Es importante aclarar que si la renuncia no está prevista en el testamento y se produce una vez abierta la sucesión, puede considerarse una donación inter vivos, lo que implica un coste fiscal adicional para el beneficiario final.

Cómo se redacta y valida una cláusula de renuncia en el testamento

Para que la cláusula sea válida y surta efectos fiscales favorables, debe estar expresamente recogida en el testamento y referirse a una transmisión directa entre herederos. No debe dejar margen a interpretaciones ambiguas sobre la voluntad del testador.

El Consejo General del Notariado recomienda consultar con un notario al momento de redactar el testamento y analizar cómo podría afectarse la estructura de la herencia y la fiscalidad resultante. También es aconsejable revisar periódicamente el contenido testamentario ante cambios legislativos o familiares.

Este mecanismo no constituye una exención total ni garantiza la eliminación del impuesto en todos los casos, pero puede reducir sustancialmente el impacto fiscal para determinados herederos si se aplica correctamente.

Con el incremento de herencias por traspaso generacional y el endurecimiento de criterios en algunas autonomías, este tipo de herramientas legales cobran una relevancia cada vez mayor para quienes desean planificar de forma eficiente la transmisión de su patrimonio.