

La esposa del presidente del Gobierno de España, Begoña Gómez, decidió no presentarse este sábado en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, donde había sido citada para concretar su imputación por un presunto delito de malversación.
Según su defensa, la comparecencia era un trámite en el que no resultaba indispensable su presencia, bastando la asistencia de sus abogados.
Junto a Gómez tampoco acudieron el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, y la asesora de la propia esposa de Sánchez en Moncloa, Cristina Álvarez, ambos también investigados por el mismo delito.
El juez Juan Carlos Peinado había convocado a los tres en el marco de una diligencia prevista en la Ley del Jurado, destinada a precisar la imputación y a que las partes soliciten la continuidad o el archivo de la causa.
¿Por qué las defensas sostienen que no era obligatoria la presencia de los investigados?
Los abogados de los implicados argumentaron que la asistencia personal no era obligatoria, apoyándose en una circular de la Fiscalía de 1995 que interpreta la Ley del Jurado.
Este documento establece que la comparecencia sirve únicamente para concretar los términos de la imputación, sin práctica de diligencias ni declaraciones, por lo que la intervención de los letrados es suficiente.

De este modo, la decisión de no acudir se enmarca dentro de un derecho procesal que no altera el curso de la investigación. La circular detalla que el traslado de la imputación ya se realiza en un momento anterior y que en estas vistas no se requiere la presencia del imputado. Así, los defensores insisten en que la ausencia de sus clientes no afecta ni al procedimiento ni a las garantías judiciales.
¿Qué investiga el juez Peinado en esta pieza separada?
El magistrado abrió esta línea de investigación centrada en el nombramiento de Cristina Álvarez como asesora de Begoña Gómez en La Moncloa. La sospecha es si la asesora habría desempeñado funciones privadas para la mujer del presidente, relacionadas con su faceta profesional, que podrían haber sido financiadas con recursos públicos.

El juez además resolvió que, en caso de llegar a juicio, esta pieza sería juzgada por un tribunal del jurado. Se trata de un proceso paralelo al principal, en el que Gómez afronta acusaciones más amplias por corrupción en los negocios, intrusismo, tráfico de influencias y apropiación indebida.
La evolución de este expediente marcará el alcance judicial de las imputaciones contra la esposa del jefe del Ejecutivo.












