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El juez Juan Carlos Peinado ha decidido que la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, sea juzgada por un jurado popular en la pieza separada por presunta malversación de fondos públicos. El auto también incluye a su asistente, Cristina Álvarez, y al delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín.

El caso abre un debate jurídico y político que trae preguntas para toda la población. Ante esta situación, la agencia de noticias EFE recabo respuestas para las preguntas más comunes en torno a esta decisión.

¿Qué implica el auto del juez Peinado?

Según el texto judicial, "el auto del titular del juzgado de instrucción número 41 de Madrid implica transformar esta parte de la causa para que en un futuro la pueda juzgar un jurado popular, y puede ser recurrido".

En lo inmediato, los tres investigados deberán comparecer el próximo sábado. El magistrado concretará sus imputaciones y las defensas podrán solicitar el sobreseimiento de la causa.

El procedimiento sigue abierto. "Una instancia superior puede corregir a Peinado porque todavía hay varios recursos contra sus decisiones pendientes de resolver", incluida la apelación de la Fiscalía contra la apertura de la pieza separada.

¿Puede un juez enviar un caso a un jurado popular?

La Ley del Tribunal del Jurado de 1995 establece que el juez puede incoar un procedimiento de este tipo cuando se impute un delito que figure en su competencia y haya "previa valoración de su verosimilitud".

El delito de malversación está entre los recogidos en la norma. Sin embargo, existe margen de interpretación cuando en una causa se investigan delitos que no corresponden a jurado.

En este caso, Peinado solo se ha pronunciado sobre la pieza de malversación. La causa principal contra Begoña Gómez por presunta corrupción en los negocios, tráfico de influencias, intrusismo y apropiación indebida continúa en paralelo.

¿Es normal citar en sábado a los investigados?

No es lo habitual. Sin embargo, el magistrado ya mostró antecedentes de actuaciones poco convencionales. EFE recuerda que "interrogó en Miércoles Santo al ministro Félix Bolaños, y ha adoptado decisiones relevantes en agosto".

Fuentes jurídicas explican que este sábado Peinado tiene guardia de juicios rápidos y ha programado la comparecencia al finalizar esas vistas. La fecha coincide con su cumpleaños número 71, un año antes de la edad máxima de jubilación de los jueces.

¿Habrá finalmente juicio contra Begoña Gómez?

La respuesta depende de las resoluciones pendientes. "Para que se celebre juicio primero tiene que dictar Peinado su apertura y será determinante la respuesta que dé la Audiencia Provincial de Madrid a los recursos presentados en esta pieza", indica el auto.

De celebrarse, el jurado estaría formado por nueve ciudadanos elegidos por sorteo, más dos suplentes. El magistrado presidiría el tribunal y dictaría la sentencia tras el veredicto de culpabilidad o inocencia.

Los precedentes son escasos. Entre ellos, el del expresidente de la Diputación de Castellón, Carlos Fabra, absuelto de cohecho por un jurado popular. También el caso de seis acusados de malversación por espiar en 2008 a cargos del PP, que fueron declarados no culpables.

¿Un juicio político en ciernes?

El debate sobre la imparcialidad del proceso sigue abierto. Algunos dirigentes socialistas advierten de riesgos. El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, alertó de un "juicio político" contra la esposa del jefe del Ejecutivo.

Mientras tanto, la acusación popular de Iustitia Europa ya adelantó que pedirá nuevas diligencias. El juez aún debe resolver sobre los correos electrónicos enviados por Begoña Gómez desde Moncloa en los últimos siete años.

La decisión de Peinado abre un proceso inédito en la política española reciente, con la figura del jurado popular en el centro del debate.