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Un juez federal ha otorgado las primeras suspensiones provisionales contra la reforma a la Ley General de Población (LGP), la cual exige la recolección de datos biométricos, como huellas dactilares y fotografía, para la nueva Clave Única de Registro de Población (CURP).

Esta decisión judicial representa un freno temporal a la implementación de una medida que ha generado debate y preocupación entre la ciudadanía por su impacto en la privacidad y los derechos individuales.

Las suspensiones fueron emitidas a raíz de los amparos presentados por los ciudadanos Víctor Manuel Carrillo Solís y Alejandro García Lumbreras. Ambos argumentan que la reforma publicada el 16 de julio podría ser inconstitucional al vulnerar el derecho fundamental a la protección de datos personales.

La resolución del juez Oswaldo Rivera González, del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa, subraya la importancia de salvaguardar la información personal mientras se resuelve el fondo del asunto.

¿Se despide la CURP Biométrica en México?

El juez Rivera González basó su decisión en el principio de que la entrega de datos biométricos a las autoridades es un acto potencialmente irreversible. A diferencia de una suspensión provisional, que puede ser revocada si la reforma es declarada constitucional, la divulgación de información sensible, como las huellas dactilares, no puede deshacerse.

Qué pasará con la CURP Biométrica tras la resolución de la Justicia. Fuente: archivo
Qué pasará con la CURP Biométrica tras la resolución de la Justicia. Fuente: archivo

Esta precaución legal busca proteger a los ciudadanos de un daño irreparable antes de que se tome una decisión final sobre la validez de la CURP Biométrica.

La reforma a la LGP busca transformar la CURP en un documento de identificación universal, obligatorio y de validez nacional, disponible tanto en formato físico como digital. No obstante, la normativa especifica que la integración de la información biométrica debe contar con el consentimiento explícito del titular. La ley también estipula que aquellos que opten por no proporcionar sus datos podrán continuar utilizando su CURP tradicional, aunque el alcance de esta excepción es un punto de debate.

La disposición de la Justicia sobre la CURP Biométrica

El gobierno de México tenía hasta mediados de octubre para habilitar los mecanismos necesarios para la recolección y validación de estos datos biométricos, ya sea a través de módulos presenciales o la transferencia de información entre dependencias con el debido consentimiento del ciudadano. Sin embargo, la decisión del juez federal pone en pausa los preparativos, a la espera de una resolución que defina el futuro de este documento de identificación.

La siguiente fase en este proceso legal está programada para el 1 de septiembre, cuando el juez celebrará una nueva audiencia para determinar si concede suspensiones definitivas a los demandantes, lo cual mantendría la medida cautelar vigente durante la totalidad del juicio.

La decisión final sobre la constitucionalidad de la reforma de la CURP recaerá en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en los próximos meses deberá pronunciarse sobre un tema de gran trascendencia para el futuro de la identificación y la privacidad en México.