

La incertidumbre acerca de la vigencia de la Ley 73 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es frecuente entre aquellos que se preparan para su etapa de retiro.
Desde el organismo público se aclaró que esta ley permanece en vigor, aunque solo es aplicable a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Esto implica que los trabajadores que fueron dados de alta antes de esa fecha aún tienen la posibilidad de pensionarse bajo este régimen.
Se estima que las últimas pensiones otorgadas bajo la Ley 73 se comenzarán a entregar hacia mediados de la década de 2040.

¿Quiénes están cubiertos por la Ley 73 del IMSS?
La Ley del Seguro Social de 1973, también conocida como Ley 73 del IMSS, aplica a todos los trabajadores que comenzaron a cotizar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social antes del 1 de julio de 1997.
Es decir, si una persona tiene su primera aportación registrada antes de esa fecha, su pensión se calculará conforme a las disposiciones de esta ley, incluso si continúa trabajando o cotizando después.
A diferencia de la Ley 97, que se basa en un sistema de cuentas individuales administradas por las Afores, la Ley 73 utiliza un esquema de reparto, donde las pensiones se pagan directamente con los recursos del IMSS y las contribuciones de los trabajadores activos.
El monto de la pensión bajo la Ley 73 no depende del saldo acumulado en una cuenta individual, sino que se calcula con base en dos factores principales:
El salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas, es decir, los últimos cinco años de trabajo antes de la jubilación.
El número total de semanas cotizadas a lo largo de toda la vida laboral del trabajador.
Mientras más semanas se hayan acumulado y mayor haya sido el salario promedio en ese periodo, más alta será la pensión.
Además, esta ley contempla modalidades de retiro más flexibles, como la pensión por cesantía en edad avanzada (a partir de los 60 años) y por vejez (a partir de los 65 años), siempre y cuando el asegurado cumpla con al menos 500 semanas cotizadas.
¿Qué pasará después de la Ley del 73?
Una vez que concluyan las generaciones amparadas por la Ley 73, las jubilaciones se regirán por la Ley 97, lo que significa que las nuevas generaciones dependerán únicamente de los recursos acumulados en su Afore y de la rentabilidad obtenida a lo largo de su vida laboral.
Se espera que las últimas generaciones que se beneficiarán del régimen de la Ley 73 lo hagan hasta 2040.
Por ejemplo, una persona que comenzó a cotizar el 30 de junio de 1997, a los 18 años, podría jubilarse por Cesantía en Edad Avanzada en 2039, entre los 60 y 64 años, o bien por Vejez en 2044, al cumplir 65 años.
¿Cuáles son los requisitos para pensionarse bajo la Ley 73 del IMSS?
A continuación, se presenta el listado completo de los requisitos obligatorios para pensionarse en el país.
- Tener 65 años cumplidos al momento de presentar la solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Contar con al menos 500 semanas de cotización registradas ante el IMSS.
- Haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
- Estar dentro del período de conservación de derechos, equivalente a la cuarta parte del tiempo total cotizado, contado a partir de la fecha de baja.
Para iniciar el trámite, es necesario acudir a la ventanilla de Prestaciones Económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda a su domicilio. La lista completa de documentos requeridos se puede consultar en el sitio web oficial














