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En una decisión histórica, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, determinó que las personas que sufrieron violencia sexual cuando eran menores de edad podrán reclamar responsabilidad civil sin importar el tiempo transcurrido. El fallo elimina cualquier plazo de prescripción que impidiera ejercer este derecho en la edad adulta.

Esta resolución, dictada por unanimidad de cinco votos el 25 de junio de 2025, reconoce que exigir a las víctimas actuar dentro de un plazo, incluso de diez años, es incompatible con la naturaleza del daño causado por estos delitos. La Corte estableció que este tipo de violencia requiere un "derecho al tiempo", ya que las víctimas suelen tardar años en comprender, procesar y verbalizar el abuso.

La decisión marca un precedente clave en favor del acceso a la justicia, la reparación integral del daño y la no revictimización, incluso en la vía civil. "Exigir que detallen pormenorizadamente los hechos sería revictimizante", advirtió la SCJN al explicar que el trauma no puede sujetarse a formalismos legales.

¿Qué cambió con esta decisión de la Corte?

Hasta ahora, las víctimas de abuso sexual infantil solo podían demandar por daños civiles dentro de plazos muy estrictos: dos años tras conocer el daño, o diez años si se trataba de daños extrapatrimoniales. La Corte concluyó que esos límites son injustos en casos de abuso sexual infantil.

"Incluso el plazo genérico de diez años puede traducirse en una barrera al acceso a la justicia", sostuvo la Primera Sala.

La SCJN reconoció que las víctimas no siempre comprenden lo ocurrido durante su infancia, y que solo con el paso del tiempo, apoyo psicológico o redes seguras pueden asumir su condición de víctimas y buscar justicia.

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¿A quién beneficia la decisión de la SCJN?

La sentencia aplica a todas las personas que fueron abusadas sexualmente cuando eran menores de edad, sin importar cuántos años hayan pasado. La medida es retroactiva y elimina las barreras para reclamar reparación económica por daño moral o material en tribunales civiles.

Puntos clave del fallo:

  • Ya no hay límite de tiempo para demandar por abuso sexual infantil en materia civil.
  • No se exigirá detallar con precisión los hechos traumáticos al presentar la demanda.
  • Reconoce el "derecho al tiempo" de las víctimas para procesar y denunciar.
  • Evita la revictimización al flexibilizar los requisitos legales y probatorios.

Con este criterio, la SCJN fortalece el principio de tutela judicial efectiva y amplía la protección a los derechos de niñas, niños y adolescentes, incluso muchos años después de haber sufrido el abuso.