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En México contar con un permiso para conducir es un requisito obligatorio para manejar por las carreteras por todo el país. Este documento certifica que la persona cuenta con las habilidades y el conocimiento tanto teórico como práctico para permanecer detrás del volante por las calles.

Lo cierto es que los requisitos para obtener este documento varían según los estados, sin embargo, algunos criterios se unifican a través de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial; como por ejemplo sobre cuál es la edad límite para manejar o a partir de que edad se puede tramitar el documento.

A partir de qué edad se puede obtener la licencia de conducir

La licencia de conducir en México se puede tramitar a partir de los 18 años de edad. Sin embargo, eso no quiere decir que un menor de edad no pueda conducir, ya que también se puede tramitar un permiso.

Cuál es la edad límite para conducir en México: qué dice la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Fuente: archivo
Cuál es la edad límite para conducir en México: qué dice la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial. Fuente: archivo

En ciudades como Estado de México o Sonora, a partir de los 16 años, los jóvenes pueden obtener un permiso para conducir de manera legal. Para ello deberán acudir con un tutor adulto, quien deberá firmar una carta responsiva. Además, deberá aprobar un examen de conocimientos de Reglamento de Tránsito del estado.

Este permiso tiene vigencia solo hasta que el conductor cumpla la mayoría de edad, una vez alcanzados los 18 años, tendrá que tramitar la licencia de conducir tradicional.

Cuál es la edad límite para conducir en México

De acuerdo con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial,en México no existe una edad máxima establecida. Esto significa que cualquier ciudadano, sin importar su edad, puede tramitar o renovar la licencia de conducir, si cumple con los requisitos necesarios.

De todas formas, que no exista un límite de edad no exime a los conductores de demostrar que son aptos para manejar. De hecho, la ley establece que todos los solicitantes, sin excepción, deben aprobar un examen de valoración integral.

El Artículo 51 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que "(...) todas las personas que realicen el trámite para obtener o renovar una licencia o permiso de conducir, deberán acreditar el examen de valoración integral que demuestre su aptitud para ello, así como el examen teórico y práctico de conocimientos y habilidades necesarias".