

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, sentó un precedente histórico este 9 de julio al autorizar el embargo de cuentas de Afore para el retiro de pensionados que incumplan con sus obligaciones alimentarias. La medida aplica exclusivamente a quienes se encuentren desempleados y sin otros bienes con los que responder legalmente.
"La inembargabilidad de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez no es absoluta", determinó por unanimidad la Primera Sala, al resolver el amparo en revisión 652/2024. El dictamen indica que los fondos pueden ser embargados "únicamente por el monto que el trabajador podría disponer voluntariamente en caso de desempleo".

El fallo aclara que los fondos destinados al retiro no están protegidos constitucionalmente ante demandas de pensión alimenticia para menores. "Debe prevalecer el interés superior del menor sobre el derecho patrimonial del trabajador", subrayó el comunicado oficial, marcando un giro legal que afecta directamente a los trabajadores al servicio del Estado en México.
¿Qué cuentas de ahorro pueden ser embargadas y bajo qué condiciones?
La Corte estableció que los embargos pueden realizarse solo en la proporción que permite la ley a los trabajadores desempleados disponer de sus fondos. Esto se traduce en el monto menor entre 75 días de su sueldo básico de los últimos cinco años o el 10% del saldo de la subcuenta.
Además, la medida únicamente procede cuando el deudor no tiene otros bienes embargables y se ha comprobado que está desempleado. El juez debe instruir a la Afore o Instituto correspondiente a liberar el monto semanal necesario para garantizar la subsistencia del menor beneficiario, hasta agotar el saldo autorizado.
¿Qué dijo la Corte sobre la prioridad del interés infantil?
El fallo enfatiza que, si bien los recursos de retiro protegen el futuro de los trabajadores, el bienestar de los menores está por encima. "Pensar lo contrario implicaría que el Estado incumpla con su deber de velar por el interés superior de la infancia", advierte la resolución.
También se menciona que impedir el embargo sería "dejar a voluntad del progenitor el cumplimiento de su obligación alimentaria", lo cual sería inadmisible. Por ello, el fallo busca equilibrar derechos fundamentales, dando prioridad a la protección de niñas, niños y adolescentes.

¿Cuáles son los pasos que deben seguir los jueces antes de embargar?
Antes de ordenar un embargo, los jueces deberán verificar que el deudor está desempleado, sin ingresos ni bienes adicionales. Luego, deberán proceder con el embargo de las aportaciones voluntarias que excedan veinte veces el salario mínimo anual antes de tocar los fondos de retiro.
En última instancia, si no hay otros fondos disponibles, se podrá afectar la subcuenta de retiro, pero sólo "por el equivalente a los recursos que el trabajador podría disponer voluntariamente". Esta resolución obliga a la autoridad judicial a cuidar los derechos del menor sin destruir completamente la previsión del adulto.















