

El reparto de utilidades representa uno de los derechos laborales más importantes para millones de trabajadores en México, quienes esperan con ansias este ingreso extra que puede significar un respiro económico importante para sus familias.
Sin embargo, la realidad es que no todas las empresas están obligadas a otorgar esta prestación económica.
Por ese motivo, con la fecha límite del 31 de mayo acercándose rápidamente, es crucial entender cuáles son las circunstancias que eximen a ciertas compañías de cumplir con esta obligación, así como los mecanismos disponibles para los trabajadores que no reciban su pago correspondiente.

Qué empresas no deberán pagar el reparto de utilidades el 31 de mayo de 2025
La Ley Federal del Trabajo establece claramente que las empresas que están iniciando operacionesquedan automáticamente exentas del reparto de utilidades durante su primer año de actividad.
Esta disposición busca brindar un respiro a los emprendedores que están estableciendo sus negocios y que aún no consolidaron sus operaciones.
De manera similar, las compañías relacionadas con el desarrollo de productos innovadores disfrutan de una exención extendida de dos años.
Esta medida representa un estímulo legal estratégico diseñado para fomentar la inversión en tecnología e innovación, sectores considerados clave para el desarrollo económico del país.
Esta política reconoce que las empresas tecnológicas y de innovación suelen requerir más tiempo para generar ganancias significativas debido a las altas inversiones iniciales en investigación y desarrollo.
Reparto de utilidades 2025: microempresas y organismos públicos que no están obligados
El aspecto económico también juega un papel determinante en las excepciones del reparto de utilidades. Las empresas que registraron ingresos anuales inferiores a 300,000 pesos según su declaración fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), están completamente exentas de otorgar esta prestación durante 2025.
Esta medida protege a las micro y pequeñas empresas que operan con márgenes reducidos y que podrían verse gravemente afectadas.
Por otro lado, los organismos públicos descentralizados que operan con fines culturales o de asistencia social, como el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), también quedan fuera del reparto de utilidades.
Esta excepción reconoce la naturaleza específica de estas instituciones, cuyo objetivo principal no es la generación de ganancias sino la prestación de servicios públicos esenciales.

Reparto de utilidades 2025: esta es la fecha límite para recibir el pago y qué hacer si no se cumple
Para los trabajadores que tienen derecho a recibir el reparto de utilidades, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) establece que el 31 de mayo es la fecha límite improrrogable para recibir el pago correspondiente.
Si esta fecha pasa sin que se reciba el pago extra, los trabajadores disponen de dos vías legales específicas para hacer valer sus derechos.
La primera opción es acudir directamente ante la Profedet para levantar una queja formal.
La segunda alternativa consiste en demandar ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, un proceso más formal pero igualmente efectivo para reclamar el pago correspondiente, ya que el reparto de utilidades constituye una obligación ineludible para todos los patrones que hayan generado ganancias durante el ejercicio fiscal.













