

La Administración del Seguro Social (SSA) ha decidido revertir una de las medidas más controvertidas implementadas en los últimos meses por el Gobierno de los Estados Unidos. En lugar de retener el 100% de las prestaciones de aquellos beneficiarios que hayan recibido sobrepagos, se ha optado por reducir esta retención al 50%.
Esta normativa ya se encuentra en vigor y modifica de manera significativa la forma en que se realizarán los descuentos mensuales, lo que impactará directamente en el bolsillo de miles de personas en todo el país.
Nueva retención del 50% para estos beneficiarios del Seguro Social
Desde el 25 de abril de 2025, la SSA tiene la autoridad para descontar automáticamente hasta la mitad del monto mensual a aquellos que posean un saldo pendiente por cobro indebido y no hayan presentado reclamos ni saldado la deuda en un plazo aproximado de 90 días.
Anteriormente, la retención máxima era del 10%, sin embargo, ahora puede llegar al 50%, lo que reduce significativamente los ingresos de los afectados.
¿A quiénes alcanza este recorte del 50%?
Personas bajo el programa de jubilación o discapacidad del Seguro Social (Título II).
Quienes reciban nuevas notificaciones de sobrepago o tengan deudas anteriores no resueltas.
No afecta a quienes perciben Ingreso Suplementario (SSI), que aún mantienen un descuento máximo del 10%.

¿Cuáles son las alternativas para prevenir la retención del 50% de las ganancias mensuales?
Es crucial reaccionar de inmediato al recibir la notificación de la SSA para evitar el recorte automático. Los beneficiarios tienen la posibilidad de proteger sus ingresos mediante los mecanismos establecidos por el organismo, siempre que actúen dentro de los plazos establecidos.
¿Cómo gestionar el trámite y a dónde acudir?
Llamar al 1-800-772-1213 para recibir asesoramiento en español.
Acercarse a la oficina local del Seguro Social.
Enviar los formularios correspondientes que se detallan en la notificación.
Es importante destacar que, si se detecta fraude, la SSA no ofrece descuentos ni perdón de deuda. Actuar con prontitud y mantenerse informado puede ser determinante para evitar la retención del 50% del beneficio mensual.











