

En Colombia las licencias de conducción para adultos mayores no se cancelan por la edad, pero no podrán renovarse si el titular no cumple un requisito obligatorio: el certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) habilitado y cargado en el RUNT.
Ante la proximidad del vencimiento del documento, muchos conductores consultan qué cambió y cómo renovar. La regla clave es que el examen del CRC debe aparecer registrado en el sistema; sin ese dato, la autoridad de tránsito no podrá emitir la nueva licencia, aun si el trámite fue pagado.
Adiós a la licencia de conducir: el motivo por el que la quitan
De acuerdo con las guías delDistrito y el Ministerio de Transporte, la autoridad verifica en el RUNT que exista un certificado vigente emitido por un CRC y reportado vía SICOV. Sin ese registro o si está vencido, el trámite se rechaza, incluso si ya se pagaron derechos y se presentó la cédula.

El certificado médico tiene vigencia máxima de 6 meses: si no concluye la renovación en ese plazo, habrá que repetir los exámenes antes de solicitar nuevamente.
Pasos, costos y documentos en 2025
1) Agende cita en la Ventanilla Única de Servicios (Bogotá) u organismo de tránsito local. 2) Hágase el examen en un CRC habilitado y confirme que quedó cargado en RUNT. 3) Verifique que no tiene multas o firme acuerdo de pago. 4) Pague derechos. En Bogotá, el tarifario 2025 referencia: $128.700 (automóvil) y $222.100 (moto); consulte siempre el valor actualizado.
El examen evalúa visión, audición, coordinación motriz y condiciones físicas y mentales. Si el resultado no es apto, el sistema no permitirá renovar hasta cumplir las indicaciones del profesional (p. ej., ayudas ópticas o tratamientos).
Vigencias por edad y servicio (lo que cambia tras los 65)
Periodicidad de renovación definida por norma nacional:
Particular (A y B): menores de 60 años, cada 10 años; de 60 a 80, cada 5 años; mayores de 80, anual.
Público (C): menores de 60 años, cada 3 años; desde 60 en adelante, anual.

Inscripción en RUNT: obligatoria y previa al trámite, sin comparendos pendientes.
Recordatorio: el certificado médico del CRC vence a los 6 meses; si caduca, debe repetirse.










