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El Gobierno anunció el otorgamiento de un bono dirigido a los jubilados de menores ingresos que no tienen la capacidad de recibir una pensión ya que no cumplen con los requisitos exigidos. En este marco, todos aquellos que formen parte del Pilar Solidario recibirán un extra si se aprueba la reforma pensional.

La medida tiene como principal objetivo aliviar la carga económica que afrontan miles de adultos mayores que durante décadas trabajaron dentro de la informalidad y que, por ende, no lograron reunir todas las condiciones para ser acreedores de una pensión completa.

El bono es un beneficio que se suma como un complemento al resto de los aportes del pilar no contributivo. De esta manera, el gobierno nacional de Gustavo Petro busca beneficiar principalmente a aquellos habitantes mayores de edad que se encuentran en una situación de pobreza y vulnerabilidad extrema.

Felicidad para pensionados: quiénes pueden cobrar el súper bono

Como el súper bono está principalmente apuntado a las personas que no superen cierto límite de ingresos establecido por el Ministerio de Trabajo, aquellos que reciban menos de un salario mínimo o no cuenten con una pensión tradicional serán los principales beneficiarios.

La asignación, en tanto, será de carácter automático para quienes estén inscritos en el Pilar Solidario. Para el resto, el Gobierno llevará adelante una etapa de verificación para nuevos solicitantes que cumplan con los requisitos de edad, residencia y nivel de ingresos, entre otros puntos fundamentales.

Esta medida, sin embargo, podrá concretarse una vez que se implemente la reforma pensional impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro, que iba a activarse el 1 de julio de este año y fue devuelta a la Cámara de Representantes por decisión de la Corte Constitucional de Colombia.

Sonríen los jubilados: qué otros bonos reciben los adultos mayores

Otro de los aportes que los pensionados reciben es la Mesada 14: un pago adicional que equivale a un mes de pensión, correspondiente para los jubilados del sector público. En esta área se encuentran miembros de las Fuerzas Militares y Policía, quienes adquirieron este derecho antes del 1 de junio de 1988.

Según indica Colpensiones, los beneficiarios actuales son aquellos que cumplen con criterios como haber adquirido el derecho antes de julio de 2005 y devengar una pensión igual o menor a un salario mínimo.