En Colombia, más del 40% de los hogares viven en arriendo, lo que equivale a más de 7,3 millones de familias, según cifras del DANE. En este contexto de creciente dependencia del alquiler, la Ley 820 de 2003 podría representar un alivio financiero para miles de arrendatarios que han enfrentado prácticas abusivas por parte de algunas inmobiliarias.
Una nueva interpretación de esta norma establece que los propietarios están obligados a indemnizar a los inquilinos si finalizan el contrato de manera injustificada.
Esta medida legal, respaldada por expertos en derecho, apunta a proteger a quienes habitan en arriendo y garantizar condiciones más equitativas en el mercado de la vivienda.
¿Cuándo deben pagar indemnización los arrendadores?
La abogada Estefani Rendón, especializada en arrendamientos urbanos, explicó que los artículos 22.7 y 22.8 de la Ley 820 establecen indemnizaciones claras en caso de terminación anticipada del contrato.

Si el arrendador finaliza el acuerdo sin justificación antes del tiempo pactado, deberá pagar 3 cánones de arrendamiento al inquilino. En caso de que el contrato tenga más de cuatro años y se termine por causales específicas, la compensación será de 1,5 cánones.
Estas indemnizaciones deben ser consignadas en el Banco Agrario y quedarán bajo la custodia de la Secretaría de Gobierno Local para ser entregadas al arrendatario una vez que devuelva el inmueble.

¿Cómo reclamar la indemnización por arriendo en Colombia?
Para acceder a esta compensación, el arrendatario solo debe presentar el acta de entrega del inmueble o un inventario firmado que demuestre que ha devuelto la propiedad.
Esta información, poco conocida, puede representar un ingreso significativo para familias que enfrentan dificultades económicas.













