

El gobierno nacional habilitó a la provincia de Santa Cruz a la apertura de zonas francas en las ciudades de Caleta Olivia y Río Gallegos.
La determinación se tomó luego de que se publicara la resolución 31/2014, que reglamenta un decreto que ya había sido publicado, y que tiene que ver con una restitución de una zona franca en ambas localidades.
Hicimos un primer análisis y de allí se desprende que esto viene a reglamentar cómo serían las características de esa zona franca, que tiene que ver con permitir en un lugar determinado de la ciudad la creación de un espacio donde se puedan comercializar productos que vienen del exterior con una serie de limitaciones, explicó Carolina Yutrovic, ministra de Industria e Innovación Productiva de Santa Cruz, marcando la diferencia con lo que ocurre en Tierra del Fuego.
En los considerandos, se indicó que para disponer tal medida se destaca la baja de la densidad poblacional y la lejanía de la provincia respecto de los grandes centros urbanos del país, situación que conspira contra la posibilidad de radicación de nuevas industrias, con consecuencias negativas con relación a la creación de fuentes de trabajo.
Tampoco puede dejar de considerarse la influencia que, en la economía local, produce la cercanía de la zona franca Punta Arenas, en la República de Chile, añade el texto del decreto.
Apunta a facilitar el acceso de ciertos bienes a la provincia de Santa Cruz, ya que tenemos grandes grandes distancias con los centros de consumo más importantes.
De todos modos, la funcionaria dijo que seguimos atentamente cómo va a evolucionar ya que es un régimen totalmente diferente, porque amén de nuestra ley de promoción económica que tiene una cuestión particular que es el régimen de promoción industrial, donde hay una serie de beneficios y excenciones impositivas, vislumbramos que no la tiene este régimen creado en Santa Cruz.
A partir de esta resolución emitida por el Ministerio de Economía de la Nación, se da curso definitivo a la determinación que se había tomado en septiembre de 2013, y que restituía las zonas francas en Caleta Olivia y Río Gallegos.
En su octavo artículo, el documento sostiene que toda persona física podrá acceder a la compra de mercaderías al por menor de origen extranjero dentro de la zona franca Río Gallegos, en los comercios especialmente autorizados, gozando de una franquicia máxima de 300 dólares.
En cuanto al detalle de la mercadería a comercializar, se establecieron diferentes parámetros.
En alimentos, por ejemplo, se permitirán todos, salvo carnes, verduras, pescados y hortalizas, siempre que se encuentren frescos.
En cuanto a los electrodomésticos, la puerta estarán abiertas, entre otros, a cocinas, heladeras, freezer, licuadoras y equipos reproductores de audio y video.
Para las prendas de vestir no habrá restricciones.













