

Una vez finalizado el año calendario, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilita a los contribuyentes solicitar la devolución de parte del dinero retenido por percepciones de impuestos como Ganancias o Bienes Personales.
El fisco aclara que podrán acceder al reintegro de las percepciones aquellas personas alcanzadas por el "código 217 o 219" y que correspondan a los "regímenes 591 a 600, inclusive", cuando estas "no puedan ni deban computarse como un pago a cuenta de Ganancias o Bienes Personales".
A la hora de realizar el trámite, las personas habilitadas deberán ingresar, con clave fiscal nivel 2 o superior, al servicio "Devolución de percepciones". Allí, podrán encontrar y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.
ARCA: qué son las percepciones y quiénes pueden pedir la devolución
Las percepciones son montos que se retienen de manera anticipada sobre determinadas operaciones, como, por ejemplo, la compra de dólares o gastos en el exterior.
Tal es así que estos pagos pueden computarse como crédito fiscal o bien ser solicitados como devolución, siempre y cuando no corresponda tributar el impuesto alcanzado.

Pueden solicitar la devolución de percepciones quienes:
- No se encuentren inscriptos en el impuesto a las Ganancias, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Se encuentren inscriptos en el impuesto a las Ganancias, pero no en Bienes Personales, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 219.
- No se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los Bienes Personales, ni les corresponda realizar dicha inscripción.
- Se encuentren inscriptos en el impuesto sobre los Bienes Personales, pero no en Ganancias, exclusivamente por las percepciones realizadas bajo el código 217.
- Trabajen en relación de dependencia y no sean pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las Ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Trabajen en relación de dependencia y siendo pasibles de sufrir retenciones del impuesto a las Ganancias por parte de su empleador, como agente de retención, les hayan realizado la percepción bajo el código 219.
Paso a paso: cómo pedir la devolución de percepciones a ARCA
Los contribuyentes que deseen realizar la operación deberán cumplir ciertos requisitos: tener una Clave Fiscal, una Clave Bancaria Uniforme (CBU) y un Domicilio Fiscal Electrónico.
Luego, deberán seguir los siguientes pasos:
- Ingresá a la página de ARCA con tu CUIT y clave fiscal.
- Habilitá el servicio "Devolución de percepciones".
- Accedé al servicio y seleccioná el año fiscal correspondiente a la percepción.
- Completá el Formulario F.1746 con los datos requeridos.
- Confirmá el envío y guardá el comprobante.
A través del servicio "Devolución de percepciones", el contribuyente podrá seguir el proceso hasta su culminación. "La aprobación o rechazo de la solicitud está sujeta a controles sistémicos o verificaciones posteriores realizados por ARCA", informó el organismo.

¿Cuánto tarda la devolución?
ARCApuede demorar entre 60 y 120 días hábiles para procesar y devolver los fondos, siempre que no haya observaciones. Es importante tener los datos bancarios actualizados en el sistema y no tener deudas con el organismo.
Un punto importante que determinará el plazo exacto será el volumen de trámites ingresados. "El monto de las solicitudes aprobadas será transferido para su acreditación en la cuenta bancaria oportunamente informada por el contribuyente al momento de realizar la declaración de la CBU", subrayaron desde el fisco.















