

El Gobierno resolvió que apelará la decisión del juez Alejo Ramos Padilla por la cual la segunda candidata en la lista de La Libertad Avanza, Karen Reichardt, debe encabezar la lista en la provincia de Buenos Aires, en lugar de Diego Santilli, quien se encuentra en tercer lugar en la boleta original. Así lo confirmaron a El Cronista desde el oficialismo, más allá de que los antecedentes de los tribunales de alzada se ubican en el mismo renglón doctrinario que el fallo de este miércoles y los márgenes de tiempo son escasos.
Desde el equipo legal de La Libertad Avanza ya habían anticipado a este medio que estaban decididos a disputar en los tribunales cualquier decisión contraria a su voluntad de suplantar a Espert por Santilli. Ante la repregunta hoy por la mañana, luego de conocerse el fallo del juez federal con competencia electoral Alejo Ramos Padilla, fuentes del oficialismo ratificaron su decisión.
En rigor, la decisión de la Cámara Nacional Electoral y de la Corte Suprema en el caso del reemplazo en 2019 del candidato a senador neuquino Horacio "Pechi" Quiroga por Lucila Crexell fue en línea con la posición del juez de La Plata. Si bien las resoluciones judiciales se circunscriben a casos individuales, las definiciones van sentando doctrina en determinados temas. En este caso respecto a la cuestión electoral y la aplicación de la denominada Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política.
Pese a ello, en el Gobierno consideran que es necesario no quedarse con el rechazo del juez de primera instancia más allá de los precedentes y que los tiempos electorales no vayan en línea con los de la Justicia y sus diversas instancias a la hora de resolver las cuestiones. "No es abstracto, para nada", enfatizaron ante la consulta de este medio.

De fondo, lo que pareciera asomar es un intento más de poner en práctica el llamado principio de revelación. Aplicado al capítulo Espert, la decisión de removerlo de la lista no es suficiente si eso no va acompañado de remover su rostro de la boleta única que funciona como vidriera de la oferta electoral del oficialismo. De ahí que también estén dispuestos a recurrir una decisión contraria en este sentido porque genera desinformación y atenta contra el derecho de las y los electores.
Según el escrito que presentaron los apoderados de LLA el lunes, artículo 7° del decreto 171/2019, reglamentario de la Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política, establece que, ante la renuncia o fallecimiento de un candidato, debe realizarse un "corrimiento por género" para garantizar la alternancia entre varones y mujeres exigida por el artículo 60 bis del Código Nacional Electoral.
En ese marco, los apoderados pedían que Santilli asuma el primer lugar en la lista, seguido por Karen Reichardt, y que se actualicen los nombres y el orden de los candidatos restantes para preservar el equilibrio de género en toda la nómina. El recurso legal citaba como antecedente el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso "Juntos por el Cambio s/ Oficialización de Candidaturas. Elección General - Comicios 27 de octubre de 2019", pero reinterpretándolo bajo su óptica.
En ese precedente -que benefició a la senadora Lucila Crexell tras el fallecimiento de Horacio "Pechi" Quiroga- la Corte determinó con un doble criterio que la vacante debía cubrirse por el candidato del mismo género que siguiera en la lista, priorizando a los titulares y siempre que la alternancia entre varones y mujeres se mantuviera intacta. Los apoderados de LLA argumentan en su escrito que aplicar esa doctrina al caso Espert "no solo garantiza la paridad por aplicación de lo taxativamente estipulado por el decreto 171/2019, sino que asegura la preservación del orden secuencial originalmente aprobado".

Añadían además que si en lugar de Santilli se dispusiera el corrimiento de la candidata ubicada en el segundo lugar a la cabeza de la nómina, se rompería el esquema de paridad al dejar dos mujeres consecutivasen los primeros puestos, "circunstancia que afectaría irremediablemente la secuencialidad de la lista".
En el mismo escrito, LLA también solicitó que se proceda a reimprimir la Boleta Única Papel (BUP) con la nómina actualizada, para evitar que el nombre y la imagen de Espert -ya renunciado- sigan figurando en el instrumento de votación. "Permitir que figure en la BUP un candidato que renunció implicaría inducir a error al electorado y vulnerar su derecho a votar en forma libre, informada y auténtica", sostienen los apoderados, invocando los artículos 1, 37 y 38 de la Constitución Nacional sobre transparencia electoral y equidad en la competencia política.
No obstante, no hay ningún artículo que obligue a reimprimir la Boleta Única de Papel dentro de la norma que la regula, sin importar que una candidatura deba ser suplantada por renuncia, fallecimiento o reemplazo. Y como el artículo 64 de la Ley 27.745 fija que la impresión de las BUP está a cargo exclusivamente del Ejecutivo, los partidos no pueden imprimir por su cuenta aún si fuera su voluntad para reemplazar el rostro de Espert.
Para hoy también está previsto que se defina si habrá o no reimpresión de la Boleta Única de Papel. Si la Justicia define que se mantiene la opción original, también habrá apelación por parte de LLA para intentar quitar a José Luis Espert de la foto.
Luego de que el Ramos Padilla aceptara la renuncia de José Luis Espert, señalado por sus vínculos con el empresario Fred Machado, y rechazara el corrimiento de nombres sugerido por el partido, los apoderados legales del espacio trabajan en el escrito que presentarán para apelar la determinación que ubica a la exvedette Karen Reichardt al frente de la nómina para competir el próximo 26 de octubre por la composición del Congreso Nacional.














