

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un procedimiento especial para la devolución de pagos a cuenta no computados del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS).
Lo hizo a través de la Resolución General 5765/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
En este caso, la medida alcanza a importadores que, por diversas razones normativas y operativas, generaron saldos a favor que no pudieron aplicar al gravamen. Según precisó el organismo recaudador, los pagos podrán utilizarse para cancelar futuros derechos de importación y figurarán en el sistema Malvina.
Nueva etapa de devoluciones del impuesto PAIS a importadores: cómo solicitarlas
Para acceder al beneficio, los contribuyentes deberán inscribirse en el padrón a partir del 6 de octubre.
De acuerdo con la medida, se reactiva el mecanismo establecido originalmente por la Resolución General N° 5.720 para que los operadores de comercio exterior puedan solicitar el reintegro de los pagos a cuenta del impuesto.

Para solicitar el beneficio:
Los importadores deberán presentar una Declaración Jurada de Devolución (DJIP) a través del servicio "Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS".
Podrán hacerlo vía web, hasta el 19 de noviembre de 2025, inclusive.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
Aquellos que hayan realizado pagos a cuenta en exceso del Impuesto PAIS por importación de bienes, que no hayan sido computados, para todos aquellos orígenes no contemplados en la Etapa I prevista en la Resolución General 5720.
Impuesto PAIS: cuándo y cómo realizará ARCA las devoluciones
De acuerdo con la normativa, la primera cuota de las devoluciones aprobadas estará disponible el 15 de diciembre de 2025, y las cuotas restantes se abonarán en los primeros cinco días hábiles de los meses subsiguientes.
Esquema de cuotas
La resolución establece el cronograma de pago:
| Monto de saldo a favor ($) | Cantidad de cuotas |
|---|---|
| Hasta 4 millones | 1 cuota |
| Más de 4 millones hasta 10 millones | 6 cuotas |
| Más de 10 millones hasta 100 millones | 12 cuotas |
| Más de 100 millones | 24 cuotas |
Qué sucede con las solicitudes rechazadas
Para los casos en que la solicitud de devolución resulte rechazada, se habilitó también un procedimiento a seguir:
En principio, los contribuyentes podrán realizar una consulta a través de la opción "Consultas web" en el sitio de ARCA, y seleccionar el tipo de consulta "RG 5765 - Devolución Importación Impuesto País".
La consulta deberá incluir datos y documentación respaldatoria, cuyo detalle estará disponible en el micrositio "Impuesto PAIS" del portal de ARCA.
El organismo tendrá 20 días corridos, según aclara la resolución, para resolver las consultas. En caso de que fuera favorable, el organismo se comunicará con el operador para que subsane los errores y presente nuevamente la solicitud. Para ello, se habilitará el Registro de forma excepcional y exclusiva para estos casos.
Este canal estará habilitado desde el 6 de octubre de 2025 hasta las 12.00 horas del 20 de noviembre de 2025.













