En esta noticia

El Tribunal Oral Federal 4 de Comodoro Py ordenó este miércoles la "inmediata detención" de Lázaro Báez en una cárcel federal para que termine de cumplir su condena de 10 años de prisión por la causa mediáticamente conocida como "Ruta del Dinero K".

En la actualidad, el empresario se encuentra cumpliendo prisión domiciliaria en una casa de la ciudad de El Calafate, en la provincia de Santa Cruz, beneficio que le será revocado.

Para la defensa del empresario, ese tiempo es mucho menor, ya que piden incluir en el recuento el tiempo que pasó encerrado por otra causa de lavado en la compra del campo "El Entrevero", situado en Uruguay, a la que consideran parte del expediente principal de la "Ruta del dinero K". El TOF4 desestimó esa solicitud.

A finales de mayo la Corte Suprema dejó firme el fallo contra Báez, acusado de haber armado una estructura jurídica, bancaria y financiera para lavar más de 55 millones de dólares entre 2010 y 2013.

"Disponer la inmediata detención y/o captura de Lázaro Antonio Báez a efectos del cumplimiento de la pena, impuesta en la presente causa por sentencia firme, y su posterior alojamiento en una unidad dependiente del Servicio Penitenciario Federal conforme las consideraciones expuestas", dice la resolución firmada por los jueces Ricardo Basílico, Néstor Costabel y Fernando Canero.

Según adelantaron fuentes judiciales, efectivos de Gendarmería lo irán a buscar en las próximas horas a su domicilio para trasladarlo a la Unidad 15 de Rio Gallegos.

"Se deberán adoptar las medidas necesarias para disponer su alojamiento en la unidad penitenciaria más adecuada a sus condiciones personales y cercana a su lugar de pertenencia, sin que se encuentre demostrada una situación excepcional que amerite contemplar el caso desde otra perspectiva conforme las consideraciones expuestas", concluyeron los jueces.

Fallo del TOF4 contra Lázaro Báez

El caso

La causa comenzó en 2013 luego de un informe periodístico donde se aseguraba que el empresario Lázaro Báez, amigo de Néstor Kirchner y uno de los principales proveedores de la obra pública en la provincia de Santa Cruz, había sacado del país 55 millones de dólares con maniobras financieras a cuentas en Suiza. El programa incluyó las declaraciones de Federico Elaskar y de Leonardo Fariña, en una cámara oculta.

Tres años después, la causa se reactivaría con la difusión de un video en la financiera SGI, de Elaskar, conocida como "La Rosadita", en donde se veía al hijo de Lázaro Báez contando billetes. El juez Sebastián Casanello ordenó en abril del 2016 la detención de Lázaro Báez y de su contador Daniel Pérez Gadín por temor a que fugara.

La instrucción determinó que existió una organización criminal que entre los meses de diciembre del 2010 y abril del 2013 realizó maniobras de lavado de dinero implicados principalmente del manejo de la empresa Austral Construcciones que dirigía Lázaro Báez, a través de la financiera SGI mediante un entramado que funcionó en el país y en el exterior y que logró la expatriación de fondos de origen ilícito y su posterior reingreso por un total de USD 54.872.866,69.

Según se estableció, el dinero depositado en el extranjero ingresaba a las cuentas de diversos bancos internacionales -generalmente con bajos controles fiscales- a nombre de otras personas jurídicas. Luego se adquirieron bonos de deuda pública que ulteriormente fueron liquidados en la plaza local, simulando una supuesta inversión multimillonaria de una empresa fiduciaria suiza para adquirir acciones de la empresa Austral Construcción S.A. (ACSA).

El juicio oral se sustanció entre 2018 y 2021. El 26 de febrero de 2021, el Tribunal Oral Federal 4, a cargo de los jueces Néstor Costabel, Adriana Palliotti y Gabriela López Iñiguez, decidió por mayoría condenar a Lázaro Báez a la pena de doce años de prisión por lavado de activos agravado. También recibieron penas otras 21 personas, entre ellas los cuatro hijos del empresario -Martín, Leandro, Melina y Luciana-, Pérez Gadín, el abogado Jorge Chueco, Elaskar, y el arrepentido del caso, Leonardo Fariña.

Además del capítulo conocido como "La Rosadita", el tribunal entendió acreditadas maniobras de lavado independientes, como las compras de un campo en la Provincia de Mendoza (estancia "El Carrizalejo") y de un departamento en la Ciudad de Buenos Aires (situado por calle Av. Del Libertador) por Jorge Leonardo Fariña, como así también el pago de los gastos de la fiesta de casamiento de Fariña y la modelo Karina Jelinek y la adquisición de diversos autos de lujo (Ferrari California, BMW X6 y Audi R8 Syder) con la intervención de Carlos Juan Molinari y Daniel Alejandro Bryn.

El TOF, por mayoría, estableció que el delito precedente en el lavado de dinero había sido la evasión fiscal e impositiva, a través del uso de facturas truchas, y la defraudación al Estado a través del direccionamiento de contratos de la obra pública en favor de Lázaro Báez.

Las defensas apelaron y el 28 de febrero del 2023 la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal,confirmaron la mayoría de las condenas, pero bajaron los montos de las penas. Casación determinó que el lavado de dinero había tenido origen en la evasión, pero no dieron por comprobada la vinculación con obra pública.

"Quedó acreditado que el dueño del capital no declarado, que fue depositado a nombre de otras personas y, luego de la circulación propia de esta modalidad delictiva, ingresado en la cuenta de Austral Construcciones, siempre fue Lázaro Antonio Báez", sostuvo la Cámara de Casación.

Contra esa decisión, las defensas buscaron que la Corte Suprema revisara la resolución y llegaron en queja al máximo tribunal. Pero el máximo tribunal resolvió que los planteos eran inadmisibles.

  • Lázaro Baéz (69 años): Pena de 10 años de prisión. En esta causa estuvo detenido del 5/4/16 al 12/12/19. No se hizo efectiva su libertad por permanecer detenido en El Entrevero, en donde continúa con arresto domiciliario.
  • Martín Antonio Báez (44 años): Pena de 6 años y 6 meses de prisión. Estuvo detenido del 7/2/19 al 7/6/23, cuando se lo excarceló en los términos del art. 317, inc. 5° del CPPN.
  • Jorge Oscar Chueco (73 años): pena de 6 años de prisión. En esta causa estuvo detenido del 18/4/16 al 19/12/19. No se hizo efectiva su libertad por permanecer detenido en El Entrevero, hasta el día 11/6/20 donde se lo excarceló por disposición de Casación.
  • Daniel Rodolfo Pérez Gadín (72 años): pena de 6 años de prisión. En esta causa estuvo detenido del 5/4/16 al 5/12/19. No se hizo efectiva su libertad por permanecer detenido en El Entrevero, hasta el día 13/11/24 donde se cesó su arresto domiciliario.
  • Julio Enrique Mendoza (70 años): pena de 5 años de prisión. No estuvo detenido en la causa.
  • Juan Alberto De Rasis (64 años): pena de 4 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa.
  • César Gustavo Fernández (64 años): pena de 4 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa. Recientemente acreditó que padece Parkinson, motivo por el cuál, se lo autorizó a cumplir la obligación de comparecencia de forma trimestral.
  • Eduardo Guillermo Castro (79 años): pena de 4 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa.
  • Fabián Virgilio Rossi (60 años): pena de 4 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa. En su legajo de control, acreditó que padece de diabetes, trastornos de salud mental, gastropatía erosiva, y se le han extraído carcinomas basocelulares.
  • Carlos Juan Molinari (74 años): pena de 3 años y 6 meses de prisión. No estuvo detenido en la causa. Posee algún tipo de patología prostática, no acreditada fehacientemente.
  • Claudio Fernando Bustos: pena de 3 años en suspenso.
  • Walter Adriano Zanzot: pena de 2 años y 6 meses.

El caso de Cristina Kirchner

En instrucción, siguió tramitando la acusación contra Cristina Kirchner, señalada por su vinculación en esas maniobras de lavado. "No tuve que ver con estas maniobras, ni directa ni indirectamente", dijo la ex presidenta cuando fue llamada a indagatoria.

El juez Sebastián Casanello dictó su falta de mérito, confirmada en marzo de 2019 por la Cámara Federal, que -no obstante- ordenó una serie de medidas a profundizar. En 2022, la defensa de Kirchner pidió su sobreseimiento, pero retiró el planteo ante lo que avizoraba iba a ser una respuesta negativa de la Cámara Federal. El 24 de mayo del 2023, el fiscal Guillermo Marijuan sostuvo: "No tengo duda alguna de la estrecha y directa relación personal entre Cristina Elisabet Fernández y Lázaro Antonio Báez", pero afirmó que eso no le alcanzaba para avanzar en el proceso.

Pero tras el dictamen de Marijuan, la asociación civil Bases Republicanas buscó ser parte de la causa. Casanello rechazó el pedido porque la causa tenía más de diez años de trámite y sólo buscaba invalidar la posición del Ministerio Público, pero la Cámara Federal, por dos a uno, aceptó a esa entidad en el expediente y luego revocó el sobreseimiento de la ex presidenta. La decisión fue ratificada en Casación.