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A partir del 1 de agosto de 2025, los contribuyentes monotributistas deberán ajustarse a los nuevos importes de cuota mensual y límites de ingresos, además de cumplir con el proceso de recategorización semestral obligatoria.
La actualización responde a los datos del IPC publicados por el INDEC, que reflejaron un incremento del 1,6% mensual y un acumulado del 15,1% en el primer semestre del año.
¿Cuánto hay que pagar de cuota de monotributo?
Los montos a pagar varían según la categoría y si el contribuyente presta servicios o vende bienes. Algunos ejemplos:
Categoría A: $ 37.085,75 de servicios y bienes
Categoría D: $ 63.357,80 de servicios y $ 61.824,18 de bienes
Categoría H: $ 391.400,63 de servicios y de bienes $ 238.038,49
Categoría K: $ 1.208.892,62 de servicios y de bienes $ 525.752,03
También se actualizan los topes de facturación anual, que ahora van desde $ 8.992.597,87 para la Categoría A hasta $ 94.805.682,90 para la Categoría K.
¿Quiénes deben hacer la recategorización en julio?
La recategorización es obligatoria para quienes, entre julio 2024 y junio 2025, hayan superado alguno de los siguientes parámetros:
Ingresos brutos facturados
Alquileres devengados
Consumo de energía eléctrica
Superficie afectada a la actividad
No deben recategorizarse quienes iniciaron actividad en el último semestre o permanecen dentro de los límites de su categoría.
Recategorización simplificada: cómo funciona
Desde enero, ARCAimplementó un sistema automático que muestra la facturación anual estimada con base en los puntos de venta electrónicos. Si los datos son correctos, el contribuyente puede confirmarlos en un clic. Si no, tiene la posibilidad de editarlos manualmente.
Este sistema está disponible tanto en el portal web del Monotributo como en la app ARCA Móvil, y está habilitado solo para quienes ya cumplieron 12 meses en el régimen y operan únicamente con medios digitales.
Exclusión automática: nuevos topes desde agosto
A partir de agosto, se aplican los nuevos límites para la exclusión automática del régimen. Superar el tope de la categoría K (actualizado a cerca de $ 95 millones) implica quedar fuera del Monotributo.
Además, pueden ser excluidos quienes:
Tienen más de tres actividades o puntos de explotación
Realizan importaciones para reventa
No justifican gastos bancarios
Están incluidos en el REPSAL
No cuentan con documentación respaldatoria
Es importante aclarar que la exclusión se evalúa según la tabla vigente al momento en que se supera el parámetro, aunque ya se haya publicado una nueva que aún no está en vigencia.
¿Cuándo se aplica la nueva tabla?
De acuerdo con la normativa, los valores actualizados en julio comienzan a regir desde agosto, por lo tanto:
El pago de julio se realiza con la escala anterior
La nueva tabla aplica desde el 1 de agosto, tanto para los montos a pagar como para analizar si corresponde recategorizar o excluir a un contribuyente












