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Tal como se anunció días atrás, el Gobierno reglamentó este jueves los detalles del nuevo procedimiento unificado y simplificado que se pondrá en marcha para el tratamiento de denuncias y faltas formales contra obras sociales y empresas demedicina prepaga.
Los detalles se establecieron a través de la Resolución 951/2025, de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada en el Boletín Oficial este jueves.
Esta definió un procedimiento unificado y simplificado para el tratamiento de denuncias y faltas formales, con el objetivo de acortar los tiempos de respuesta y reforzar los mecanismos de control.
Cómo es el sistema de mediación para resolver reclamos entre prepagas y usuarios
El nuevo sistema de mediación apunta a agilizar la gestión de reclamos por parte de los beneficiarios del sistema de salud.
En este sentido, desde ahora, las entidades tendrán un plazo de cinco días corridos para responder los requerimientos del organismo y los trámites deberán resolverse en un máximo de 30 días hábiles.

La justificación del cambio se enmarca en la necesidad de mejorar la eficiencia, evitar dilaciones indebidas y asegurar el acceso efectivo a las prestaciones médicas.
Por otra parte, el nuevo sistema incorpora mecanismos como la inversión de la carga de la prueba y presunciones de incumplimiento. Estoobliga a las entidades a justificar su accionar con documentación concreta y dentro de los plazos establecidos.
Los dos procesos para agilizar reclamos en Salud
La normativa establece dos procesos principales:
- Uno para las denuncias que presentan los usuarios del sistema de salud;
- Otro para las faltas formales que detecta la propia Superintendencia en el ejercicio de sus funciones de fiscalización.
Ambos seguirán circuitos diferenciados de análisis, pero bajo un marco normativo común que fija principios, plazos, instancias y responsabilidades.
En cuanto a la inversión de la carga de prueba, hará que, en este nuevo marco, en caso de que las entidades no respondan a tiempo, presentan descargos evasivos o no acreditan debidamente el cumplimiento de sus obligaciones, se considerará que incurren enincumplimiento.
Esa presunción podrá ser revertida únicamente si la documentación que presenten es fehaciente y suficiente. Así, se pretende equilibrar la relación entre los prestadores y los beneficiarios, que muchas veces se ven en desventaja frente a las herramientas técnicas y jurídicas de las entidades.

Multas y sanciones para obras sociales y prepagas
Otro punto importante de estas modificaciones es la reforma que se hace al régimen sancionatorio. Las multas se determinarán mediante un sistema de módulos, cuyo valor se vincula al haber mínimo jubilatorio.
Según el nuevo nomenclador, las infracciones se clasifican en "leves", "moderadas" y "graves", con un esquema de sanciones progresivas en caso de reincidencia.
Algunas de las faltas más severas -como el falseamiento de información, la negativa de afiliación o la falta de cobertura prestacional- pueden sancionarse con hasta 100 módulos, lo que equivale actualmente va más de $ 30 millones.
La resolución también prevé medidas inmediatas para casos de gravedad institucional, administrativa o financiera, sin necesidad de agotar el procedimiento.
Además, la Superintendencia podrá intervenir directamente para preservar la continuidad de las prestaciones. Se mantienen los mecanismos recursivos tanto administrativos como judiciales, y se establecen procedimientos específicos para la ejecución de las sanciones impuestas.
Ranking de Cumplimiento: cómo funciona
También se creó un Ranking de Cumplimiento que evaluará a las obras sociales y prepagas en función de su desempeño.

El registro será público y tendrá carácter institucional, con el fin de promover la transparencia, brindar información útil a los beneficiarios al momento de elegir un prestador y generar presión para el cumplimiento efectivo de las normas. La Gerencia de Sistemas de Información será la encargada de mantenerlo actualizado.
¿Qué pasará con los procedimientos en curso?
En los casos de procedimientos ya iniciados, la norma indica que continuarán bajo las reglas anteriores, salvo que puedan adaptarse al nuevo sistema sin afectar garantías.
El objetivo, según la Superintendencia, es evitar que los cambios introducidos generen nuevos cuellos de botella o demoras, y facilitar la implementación progresiva del nuevo esquema.














