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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General de Aduanas (DGA), extendió por 60 días la fecha límite para que los titulares de depósitos fiscales se adapten a los nuevos requisitos.

A través de la Resolución General 5353/2023 publicada en el Boletín Oficial, el ente recaudador respondió al pedido de la Cámara de Depósitos Fiscal Privados (Cadefp).

Así la prórroga "por única vez y de forma excepcional",quedó establecida y en base "al cumplimiento de los requisitos adeudados por permisionarios para la habilitación de depósitos fiscales", estableció AFIP.


¿Qué es un depósito fiscal?


Se considera depósitos fiscales a los espacios operativos habilitados por la Dirección General de Aduanas para realizar operaciones aduaneras relacionadas al almacenamiento de mercaderías sólidas, líquidas y gaseosas que estén bajo su órbita.

Se podrán habilitar:

  • Recintos cubiertos;
  • Predios abiertos plazoletas;
  • Tanques,
  • Silos y celdas.

AFIP: ¿cómo será a partir de ahora la habilitación de depósitos fiscales?


A través de la Resolución 5182/22, la Dirección General de Aduanas (DGA) busca "simplificar y digitalizar los procesos" con el objetivo de "potenciar la cercanía con el/la administrado/a".

La modificación más importante es aquella que establece que la habilitación de un nuevo depósito fiscal del tipo general "deberá cumplimentar de manera previa con un estudio de prefactibilidad que tendrá por objeto efectuar una valoración de la necesidad de la DGA".


Depósitos fiscales: ¿cómo es el estudio de prefactibilidad?


Quienes deseen acceder a la habilitación deberán informar:

  • Ubicación del predio;
  • Tipo de mercadería que será almacenada;
  • Cantidad aproximada de operaciones;
  • Necesidad de servicio;
  • Trazabilidad de cadena logística;
  • Plan de inversión,
  • Tecnologías que se implementarán.

Además, deberán someterse a controles periódicos para "verificar el cumplimiento de las condiciones y obligaciones, encontrándose supeditada la continuidad de la habitación"

¿Qué sucede con los depósitos fiscales cuyos tramites de habilitación no fueron aprobados?


Los depósitos fiscales cuyo trámite de habilitación no hayan sido aprobado al momento del dictado de la nueva resolución contarán con un plazo de 365 días corridos para adaptarse a los requisitos.

"El mismo plazo resultará aplicable para los permisionarios de los depósitos habilitados que deban efectuar adecuaciones y las correspondientes presentaciones, conforme lo indicado por la referida resolución general", explicó la AFIP.