

El Directorio del Banco Central (BCRA) dispuso este viernes que los operadores de cambio "deberán mantener una responsabilidad patrimonial computable mínima para poder operar".
A través de la comunicación A6850, la entidad monetaria informó que las casas y agencias de cambio deberán mantener unaresponsabilidad patrimonial computable mínima de $ 10 millones en el caso de las casas de cambio, y de $ 5 millones en el caso de las agencias. Dicha exigencia, sin embargo, comenzará a regir a partir del 31 de marzo próximo.
De esta manera, tanto las casas de cambio como las agencias deberán contar con capitales mínimos para operar, tal como ocurría durante la vigencia del cepo anterior. Esta exigencia había sido eliminada por el ex presidente del BCRA Federico Sturzenegger, cuando el gobierno de Mauricio Macri dispuso el fin del control de capitales que rigió durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
De acuerdo al comunicado del BCRA, las casas y las agencias de cambio deberán constituir, a su vez "una garantía no inferior al 10% de la exigencia de capital que les corresponda".
Por último, la normativa dada a conocer este viernes por la entidad especifica que "el incumplimiento de capitales mínimos o de la garantía dará lugar a la suspensión por 60 días corridos de la autorización para funcionar".













