

A través de la pensión por viudez de un jubilado, un miembro de su grupo familiar, sea hijo, cónyuge o conviviente, puede acceder al cobro de dicha prestación social que emite la ANSES.
La Administración Nacional de la Seguridad Social detalló que existe un requisito fundamental que tiene que cumplirse para poder cobrar la pensión por viudez de un jubilado, ya que en caso de no acatarse, no se hará efectivo.
En el caso de una persona que oficiaba como conviviente del jubilado fallecido, se deberá acreditar que compartieron el hogar durante 5 años previos a la fecha en la que se produjo la muerte. Esto, por su parte, se reduce a 2 años si existieran hijos reconocidos por ambos.

Todos los requisitos para cobrar la pensión por viudez de ANSES
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informó que tanto para acceder como para mantener la pensión por viudez de un jubilado, se deben cumplir con una serie de requisitos que son de carácter obligatorio.
En este sentido, se establecen diferentes parámetros para la persona que mantendrá la pensión del jubilado fallecido, según sea su cónyuge, conviviente o hijos.
Los requisitos para cobrar la pensión por viudez de un jubilado
- Cónyuge: con la partida de matrimonio actualizada (emitida hasta 1 año anterior a la fecha de solicitud de la pensión y no más de 6 meses anteriores al fallecimiento).
- Conviviente: se deben acreditar 5 años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen hijos reconocidos por ambos, el plazo se reduce a 2 años.
- Hijos: ser menor de 18 años y soltero. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido. En estos casos el trámite se hace de manera presencial.

ANSES: cómo solicitar la pensión por viudez de un jubilado
Para poder acceder a la pensión por viudez de un jubilado, los familiares tienen la posibilidad de realizar el trámite de manera online a través de ANSES, sin la necesidad de tener que presentarse en una oficina física del organismo.
No obstante, es importante remarcar que para iniciar la gestión vía internet deben haber transcurrido entre 10 días hábiles y hasta 6 meses desde la fecha de fallecimiento del jubilado. Pasada esa fecha, los trámites tendrán que hacerse en una oficina.
En tanto, la información a presentar es la siguiente:
- Los datos personales y los del fallecimiento del jubilado se encuentren acreditados
- La partida de matrimonio debe estar actualizada con fecha de hasta 1 año anterior a la fecha de solicitud de la pensión y no más de 6 meses anteriores al fallecimiento o convivencia previsional acreditada dentro del mismo período
- Los datos de contacto se encuentren actualizados y verificados (celular y correo electrónico)
Asimismo, y según el tipo de vínculo que se tenía con el fallecido, la ANSES solicitará que se completen una serie de formularios que se encuentran en la web del ente.












