

En Argentina, el fallecimiento de una persona sin testamento no significa que sus bienes quedan sin dueño. En estos casos, se activa automáticamente la sucesión intestada, un procedimiento legal que determina cómo se reparte la herencia entre los familiares más cercanos, según lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación.
Este sistema busca garantizar una distribución justa del patrimonio, evitar disputas familiares y proteger los derechos de los llamados herederos forzosos, como hijos, padres y cónyuge. Aunque muchas personas creen que sin testamento no hay herencia, la ley contempla un orden claro de prioridad para resolver estos casos.
¿Qué tipos de sucesión existen en Argentina?
El derecho sucesorio argentino contempla dos formas principales de sucesión:
- Sucesión testamentaria: ocurre cuando el fallecido dejó un testamento válido que expresa su voluntad sobre la distribución de sus bienes. Sin embargo, esta libertad está limitada por la legítima hereditaria, que reserva una porción mínima para los herederos forzosos (hijos, padres y cónyuge).
- Sucesión intestada: se aplica cuando no existe testamento, este es inválido o no contempla todos los bienes. En este caso, la ley determina quiénes heredan y en qué proporción.

¿Cómo se reparte la herencia si no hay testamento?
El Código Civil y Comercial establece un orden de llamamiento hereditario para la sucesión intestada:
- Descendientes (hijos, nietos): tienen prioridad absoluta y excluyen a los demás. Heredan en partes iguales.
- Ascendientes (padres, abuelos): acceden a la herencia solo si no hay descendientes.
- Cónyuge: hereda junto con descendientes o ascendientes, según el caso. Si no hay otros herederos, recibe la totalidad de los bienes.
- Colaterales (hermanos, sobrinos): heredan únicamente si no hay descendientes, ascendientes ni cónyuge.
- El Estado: si no hay herederos ni legatarios, se declara la herencia vacante y los bienes pasan al Estado.

¿Qué derechos tiene el cónyuge viudo?
El cónyuge sobreviviente tiene derechos sucesorios que varían según la existencia de otros herederos:
- Si hay descendientes, hereda una parte igual a la de un hijo, pero no recibe la mitad de los bienes gananciales que pertenecían al fallecido.
- Si hay ascendientes, el cónyuge recibe la mitad de la herencia.
- Si no hay descendientes ni ascendientes, el cónyuge hereda la totalidad.

Además, existen excepciones:
- Matrimonio in extremis: si el fallecido muere dentro de los 30 días de casarse por una enfermedad conocida por el otro cónyuge, este no hereda, salvo que hayan convivido previamente.
- Divorcio o separación de hecho: el cónyuge divorciado o separado sin voluntad de reconciliación no tiene derecho a heredar.
¿Qué sucede si no hay herederos?
Cuando no existen herederos ni legatarios, la herencia se declara vacante. En ese caso, el juez ordena que los bienes sean entregados al Estado. Si posteriormente aparece alguien con derechos hereditarios, deberá iniciar una petición de herencia y aceptar los bienes en el estado en que se encuentren.
¿Cómo es el proceso de sucesión en Argentina?
El trámite sucesorio se realiza ante un juez competente y sigue estos pasos:
- Inicio del juicio: un heredero o interesado solicita la apertura de la sucesión en el juzgado del último domicilio del fallecido.
- Presentación de documentación: se deben presentar el certificado de defunción, actas de nacimiento o matrimonio, y títulos de propiedad.
- Declaratoria de herederos: en sucesiones intestadas, el juez reconoce a los herederos legales. En las testamentarias, se verifica la validez del testamento.
- Inventario y tasación: se realiza un listado detallado de los bienes y su valoración.
- Partición y adjudicación: los bienes se distribuyen entre los herederos según lo que establece la ley o el testamento.













